PDMA. 2024-002. Queja formal sobre dualidad de Cartulario provincial.

Tribunal Administrativo de Marenia
PDMA. 2024-002
Fecha: 4 de agosto de 2024

 

Queja recibida por el Juez del Tribunal Administrativo de Marenia, Gaius Fulvius Corvinus, y admitida a trámite.

Al Excelentísimo Tribunal Administrativo de la Provincia de Marenia

Asunto: Queja formal sobre el nombramiento dual del Cartulario Provincial

Yo, Publius Servilius Casca, ciudadano de Tarevia y residente de la Provincia de Marenia, en pleno uso de mis derechos constitucionales, me dirijo respetuosamente a este Excelentísimo Tribunal para presentar una queja formal respecto al nombramiento y ejercicio del cargo de Cartulario Provincial.

Hechos

  1. El Sr. Anker Pammon Crathis actualmente ocupa el cargo de Cartulario tanto en la Provincia de Marenia como en la Provincia de Ardamia.
  2. Esta situación de nombramiento dual no está explícitamente abordada en la Constitución del Reino de Tarevia.

Fundamentos Legales

  1. El Artículo 11, párrafo 2, declara que “Todos los ciudadanos son iguales ante la Ley, con los mismos derechos y obligaciones.”
  2. El Artículo 11, párrafo 3, especifica que “Las funciones públicas únicamente pueden ser desempeñadas por ciudadanos de Tarevia.”

Argumentos

  1. Eficiencia Administrativa: Podría empeorar la gestión de las provincias, porque una misma persona gestionando ambas puede no ser adecuado.
  2. Interpretación Constitucional: Aunque no hay nada explícito en la Constitución al respecto, el hecho de que una misma persona gestione dos o más provincias va contra el espíritu democrático tareviano constitucional.
  3. Igualdad de Oportunidades: Al estar una misma persona administrando dos provincias, se rompe la igualdad de oportunidades para que cualquier tareviano pueda acceder a cargos de responsabilidad.

Peticiones

Por lo tanto, respetuosamente solicito al Excelentísimo Tribunal:

  1. Que examine la legalidad del nombramiento dual del Sr. Anker Pammon Crathis como Cartulario de las Provincias de Marenia y Ardamia.
  2. Que emita un dictamen sobre si ese nombramiento dual es coherente con el espíritu democrático tareviano.
  3. Que, en caso de determinar que dicho nombramiento dual no es apropiado, se ordene al Gobernador de la Provincia de Marenia que convoque elecciones al cargo en nuestra provincia.
  4. Que se considere la posibilidad de recomendar al Senado de Tarevia la creación de legislación específica que regule los nombramientos de Cartularios y otros cargos provinciales para prevenir situaciones similares en el futuro.

Respetuosamente,

Dado en María Teresa, a 4 de agosto de 2024.

—Publius Servilius Casca.